4 de Noviembre de 2021

Honorable Tribunal de Penas

Honorable Tribunal de Penas - Acta 10 2021

sanciones de la fecha

Sanciones de la fecha

38934037 - Berti Ayelen - El Nacional 2 partidos Art. 186
38291202 - Silva Gustavo - Quilmes 1 partidos Art. 208
43905916 - Ramallo Dante - Ciclista 1 partidos Art. 207
39925350 - Valle Segundo - Villa 1 partidos Art. 208
37710590 - Sabatini Nicolas - Villa 3 partidos Art. 200 a 1
42842420 - Bustos Ian - Villa 1 partidos Art. 207
41394221 - Barrionuevo Agustin - El Nacional 2 partidos Art. 205
44561399 - Bravo Tobias - Ciclista 1 partidos Art. 207
44840804 - Troncoso Alan - Colegiales 2 partidos Art. 186
45890429 - Ebbens Bernardo - Unión 1 partidos Art. 207
42461793 - Peñalba Bautista - Alumni 1 partidos Art. 207
26107587 - Di Marco Gastón - Alumni 2 partidos Art. 186
40190430 - Goñi Lucas - Alumni 3 partidos Art. 186
PF - Silvestre Diego - Alumni 10 partidos Art. 260 y 184
31959894 - Perez German - Juan E. Barra 1 partidos Art. 207
PF - Burgos José - Argentino 1 año Art. 260 y 183
39290807 - Irastirza Brian - Argentino 1 partidos Art. 207
37231843 - Cordoba Facundo - Cascallares 4 partidos Art. 200 a 1 y 186
37031921 - Espinosa Mauro - ACDC 3 partidos Art. 200 a 1
43041257 - Langenheim Tomas - ACDC 1 partidos Art. 207
45571384 - Di Rocco Tomas - San Martín 3 partidos Art. 200 a 3 y 204
42455576 - Decima Agustin - Agrario 1 partidos Art. 200 a 3
46825650 - Gorostegui Leonardo - Huracán 1 partidos Art. 207
48234085 - Riveri Juan - Cascallares 1 partidos Art. 207
44165368 - Chico Juan - Boca 1 partidos Art. 208
43393417 - Alvarez Elian - Boca 1 partidos Art. 207
32258445 - Sanabria Diego - Colegiales 3 partidos Art. 200 a 1
39165916 - Domiguez Jesus - Unión 1 partidos Art. 207

En relación al descargo efectúado por el club Villa del Parquese pone a disposición lo actuado por este Tribunal y su resolución

No estando acreditado que la parcialidad del club Colegiales se haya apoderado de la pelota mencionada, se rechaza el pedido efectúado por el club Unión. Si bien ambas partes admiten que habrian ingresado sin pagar algunos espectadores , no esta probado que pertenecian a la parcialidad visitante. Por otra parte es responsabilidad del club local (Unión)la organización, control y seguridad dek esoectáculo, por lo tanto también se rechaza. "Notifiquese y archivese"

A la presentación efectúada por el club El Nacional no acompañando pruebas que desacrediten el informe de los árbitros y atento que además el citado jugador (Agustin Barrionuevo)rompió un vidrio de las instalaciones del club local debe ser sancionado y de acuerdo a lo establecido por el artículo 205del Reglamento, se le impone la pena de 2 (dos) partidos. "Archivese y notifiquese"